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Intrant no necesita decreto para resolver tema licencia de mayores de 65 años

El abogado Alberto Tavárez afirmó este jueves que el director del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Milton Morrison, no tiene que esperar la emisión de un decreto para resolver el conflicto generado por la resolución que limita a dos años la renovación de la licencia de conducir a las personas mayores de 65 años, debido a que ya existe una sentencia vinculante del Tribunal Constitucional (TC) que declaró inconstitucional esa disposición.

En ese sentido, Tavárez acusó a Morrison de colocarse de manera tozuda por encima de la ley, la Constitución y del propio Tribunal Constitucional, al mantener vigente la medida que restringe la renovación del documento a ese segmento de la población.

“Esa sentencia es obviamente vinculante para este caso, pero el director del Intrant, de manera tozuda y obsesiva, sigue limitando a dos años la renovación de la licencia de conducir a las personas de 65 años en adelante, en violación al mandato del Tribunal Constitucional”, precisó Tavárez.

El TC declaró, el 31 de enero de 2020, contrario a la Constitución el artículo 101.2 de la Ley de Tránsito, que establecía restricciones para las personas de 65 años en la obtención y renovación de la licencia de conducir.

En cuanto a los choferes del transporte público, el Intrant dio cumplimiento a la sentencia, pero no así con el resto de los ciudadanos, a quienes continúa aplicando la limitación de renovar el documento únicamente por dos años.

Puede leer: Intrant no cumple con sentencia declaró ilegal fijar edad límite para renovación de licencia

Tavárez, quien sustenta la acción de amparo interpuesta por un grupo de periodistas de El Nacional contra la decisión del Intrant, cuestionó la posición de Morrison y le recordó que ningún decreto está por encima de una sentencia del Tribunal Constitucional ni de la Constitución.

“No es cierto lo que dijo Morrison, en el sentido de que debe esperar un nuevo decreto que modifique el reglamento de aplicación que dispuso la arbitraria medida, porque con posterioridad a la emisión de ese reglamento existe una sentencia del Tribunal Constitucional que debió ser aplicada de manera extensiva por el Intrant, en respeto al principio de primacía constitucional”, afirmó.

El abogado recordó que el próximo lunes 18, la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) decidirá sobre la acción de amparo que busca anular la cuestionada resolución del Intrant.

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