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Tribunal Superior Electoral rechaza conteo de votos en Junta Electoral del DN

Rechazó este martes el recurso de apelación incoado por el ciudadano Miguel Ángel Vásquez Peña, mediante el cual solicitaba que la Junta Central Electoral contara nuevamente los votos nulos pertenecientes a la Circunscripción 1 del Distrito Nacional

SANTO DOMINGO RD.-  El Tribunal Superior Electoral, TSE, rechazó este martes el recurso de apelación incoado por el ciudadano Miguel Ángel Vásquez Peña, mediante el cual solicitaba que la Junta Central Electoral contara nuevamente los votos nulos pertenecientes a la Circunscripción 1 del Distrito Nacional.

El Objeto de la  “ Acción de Amparo de cumplimiento del artículo 2 de la Ley 157-13, sobre voto preferencial, Resolución 47-2020, emitida por la JCE, en sus ordinales (9, 10, 11, 12, 13) al igual que la Ley 15-19 en sus artículos 250, 251, 254, 258 y demás) sobre régimen electoral”, sometida por el accionante, contra la  Junta Central Electoral (JCE) y Junta Electoral del Distrito Nacional, fue rechazada en todas sus partes a unanimidad.

De igual forma, el pleno del TSE, rechazó el medio de inadmisión propuesto por la Junta Central Electoral (JCE) mediante escrito depositado en fecha diez  de agosto fundado en la extemporaneidad del recurso por carecer de méritos jurídicos, pues no existe constancia documental en el expediente de que la Junta Electoral del Distrito Nacional notificara las resoluciones recurridas al hoy apelante, a fin de que iniciara a correr el plazo para recurrir contra ellas.

Asimismo, declaró inadmisible de oficio el recurso de apelación incoado por Vásquez Peña contra la Resolución núm. JEDN-032-2020 dictada en fecha 14 de julio del presente año  por la junta Electoral del Distrito Nacional, en virtud de que la misma no constituye una decisión de carácter contencioso que pueda ser recurrida en apelación ante esta jurisdicción en los términos de los artículos 13.1, 15 y 26 de la Ley núm. 29-11, Orgánica de este Tribunal, y del precedente contenido en la sentencia TSE-389-2020 de esta Alta Corte.

El presidente del pleno, doctor Román Jaquez Liranzo, informó que a unanimidad fue rechazado  en cuanto al fondo el indicado recurso por carecer de méritos jurídicos y, en consecuencia, confirmó en todas sus partes la resolución apelada, pues en la misma consta que la Junta Electoral del Distrito Nacional procedió a la revisión de los votos nulos en el nivel de diputaciones en la Circunscripción1, procediendo a validar 970 y  confirmar la nulidad de dos 2,628 votos nulos, todo ello en presencia de los delegados de los partidos políticos acreditados ante dicho órgano, incluido el del Partido Revolucionario Moderno (PRM).

El Nuevo Diario

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