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Hombre duró 20 años en prisión preventiva en Dajabón
Un hombre que permanecía recluido en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Beller, en Dajabón, desde el 20 de junio de 2006, sin que un tribunal dictara jamás una sentencia definitiva sobre su caso, finalmente logró salir en libertad

La liberación de «Chiquín Jiménez» se produjo luego de que la Oficina de Defensa Pública del Departamento Judicial de Monte Cristi interpusiera un recurso de habeas corpus y, posteriormente, un recurso de apelación a su favor.
Según la defensa pública, el hombre ingresó bajo una medida de prisión preventiva, concebida para ser excepcional y temporal, pero que en su caso se extendió por casi veinte años sin resolución judicial alguna.
Un expediente olvidado por casi dos décadas
Los defensores públicos de Monte Cristi detectaron la irregularidad al asumir la representación legal del hombre y comenzar a revisar su expediente a fondo. Se reunieron con la representación jurídica del centro penitenciario y realizaron gestiones ante los tribunales para reconstruir el historial procesal del caso.
Esa revisión sacó a la luz informes médicos que documentaban problemas de salud mental del interno. También reveló que, el 19 de marzo de 2009, tanto la Defensa Técnica como el Ministerio Público habían solicitado al Tribunal Colegiado de Dajabón que aplicara un procedimiento especial para personas inimputables, en atención a su condición psiquiátrica.
El tribunal rechazó esa solicitud
En su lugar, el tribunal ordenó suspender la acción penal hasta que el hombre recuperara la salud mental, una decisión que, al no ser retomada por nadie, se convirtió en un encierro indefinido de casi veinte años.
Habeas corpus y apelación revierten el caso
Ante esta situación, la Defensa Pública montó una estrategia legal para restituir los derechos del hombre, dando seguimiento continuo al caso y agotando los recursos judiciales disponibles. El equipo presentó una acción de habeas corpus y, posteriormente, un recurso de apelación.
La Corte falló a favor el 25 de febrero de 2026 y ordenó la puesta en libertad inmediata del ciudadano, poniendo fin a lo que las autoridades califican como una de las restricciones más prolongadas del derecho a la libertad registradas en el país.
La postura institucional
El director nacional de la Defensa Pública, Rodolfo Valentín Santos, señaló que el desenlace confirma el compromiso de la institución con la protección de los derechos fundamentales de las personas en situación de vulnerabilidad.
Indicó que ningún ciudadano debe quedar invisibilizado dentro del sistema de justicia y que la dignidad humana, el acceso a la justicia y las garantías constitucionales deben guiar el trabajo diario de la institución.
Más allá de la libertad obtenida, el episodio pone en evidencia fallas en los mecanismos de control y seguimiento de casos dentro del sistema penal dominicano, y recuerda la necesidad de una vigilancia constante para evitar que otras personas permanezcan privadas de libertad sin que su situación jurídica se resuelva conforme a los principios del Estado de derecho.



