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Jueza pide a jurado actuar sin piedad en veredicto contra Ana Julia Quezada
La defensa de Ana Julia varió su solicitud de pena de tres años a una más severa de 15
Europa Press
Almería.-La magistrada-presidenta del tribunal Alejandra Dodero ha instado este miércoles a las siete mujeres y dos hombres que componen el jurado popular a “valorar las pruebas, dejando fuera todo tipo de sentimiento” a la hora de decidir si Ana Julia Quezada asesinó con alevosía o también con ensañamiento al niño de ocho años Gabriel Cruz o si, por el contrario, cometió un homicidio doloso sobre un menor de 16 años, lo que conllevaría una pena máxima de 15 años de cárcel.
En audiencia pública, les ha trasladado que deben decidir sobre cinco hechos registrados entre el 27 de febrero y el 11 de marzo de 2018. Por un lado deben determinar y motivar cómo se produjo la muerte de Gabriel en la finca de Rodalquilar (Níjar, Almería) y si Ana Julia Quezada tenía o no “intención” de quitarle la vida, así como sí lo hizo aumentando de manera deliberada e inhumana su sufrimiento. En este punto, deben valorar también si concurren atenuantes en el comportamiento de la procesada como la confesión o el arrebato.
Por otro lado, deben reseñar en el veredicto si consideran probadas y el porqué las presuntas lesiones psíquicas inflingidas a la madre, Patricia Ramírez, al padre, Ángel Cruz, y los daños morales que imputa la acusación particular contra cada uno de los progenitores, y que se habrían producido a lo largo de los once días en los que se activó el que devino en el dispositivo de búsqueda de un desaparecido de mayor envergadura desplegado en España.
En el trámite de conclusiones celebrado el martes, la fiscal Elena Fernández solicitó prisión permanente revisable por un delito de asesinato con alevosía pero descartó que Ana Julia Quezada actuase con ensañamiento ya que la prueba pericial de los forenses del Instituto de Medicina Legal (IML) no ha probado que aumentase de “forma inhumana el sufrimiento del menor”.
Afirmó, asimismo, que ha quedado acreditada a lo largo de la vista oral la alevosía “sorpresiva y convivencial” ya que Gabriel era “ajeno” a la “intencionalidad criminal” de una persona “de su entorno”, así como el desvalimiento “porque se aprovecha de un niño de ocho años que pesa apenas 20 kilos”, remarcó.
Con marcadas discrepancias con respecto al relato de hechos que hace la Fiscalía, la acusación particular, que también pide prisión permanente revisable, sostuvo que Quezada es una “auténtica asesina” que “mató haciendo sufrir al niño” e incidió en el informe de médicos especialistas que apuntan, según afirmó, a que las lesiones encontradas en el cuerpo irían más allá de las propias derivadas de la muerte por asfixia mecánica del menor.
Indicó, tras pedir al jurado popular que “no le tiemble el pulso” porque la acusada es una “sociópata auténtica”, que estas dieron lugar a una serie de heridas que provocaron “un estado comatoso en el menor antes de que fuera asesinado” y afeó las críticas realizadas por la fiscal al no ver, a tenor de las pruebas, la existencia de “ensañamiento” aunque “en su informe final indica que el niño sufrió”.
Por su parte, la defensa de Ana Julia Quezada ha modificado su escrito por el que inicialmente solicita una pena de tres años de prisión por un delito de homicidio por imprudencia grave, de forma que, subsidiariamente, ha pedido que se tenga en cuenta una posible condena más gravosa, de 15 años, por un delito de homicidio recogido en el artículo 138.1 y 138.2 del Código Penal.
Considera el abogado Esteban Hernández que fue un dolo eventual ya que debía haberse dado cuenta de que podía causar la muerte del menor y que concurren dos atenuantes que rebajarían la pena; confesión y arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante.
Según las conclusiones definitivas, cuando dio muerte a Gabriel Cruz lo hizo “presa de la ira” por los insultos que presuntamente estaba recibiendo, lo que “que disminuía su capacidad de comprender y de controlar las consecuencias de sus actos, sin llegar a anularla”. Posteriormente, habría actuado bajo influencia de los ansiolíticos que estaba tomando.
Tras la entrega del objeto, los integrantes del jurado popular se han recluido para alcanzar un veredicto aunque, como está previsto que almuercen a las 14,00 horas con un servicio de cátering, no comenzarán a deliberar hasta pasadas las 16,00 horas.
AVISO: Para recibir las noticias de EL GRANERO DEL SUR escríbanos un mensaje con su nombre y el de la ciudad de donde nos escribe al WhatsApp: (829)-577-5416 . En este grupo no podrás publicar, solo recibir.
Por otro lado, deben reseñar en el veredicto si consideran probadas y el porqué las presuntas lesiones psíquicas inflingidas a la madre, Patricia Ramírez, al padre, Ángel Cruz, y los daños morales que imputa la acusación particular contra cada uno de los progenitores, y que se habrían producido a lo largo de los once días en los que se activó el que devino en el dispositivo de búsqueda de un desaparecido de mayor envergadura desplegado en España.
En el trámite de conclusiones celebrado el martes, la fiscal Elena Fernández solicitó prisión permanente revisable por un delito de asesinato con alevosía pero descartó que Ana Julia Quezada actuase con ensañamiento ya que la prueba pericial de los forenses del Instituto de Medicina Legal (IML) no ha probado que aumentase de “forma inhumana el sufrimiento del menor”.
Afirmó, asimismo, que ha quedado acreditada a lo largo de la vista oral la alevosía “sorpresiva y convivencial” ya que Gabriel era “ajeno” a la “intencionalidad criminal” de una persona “de su entorno”, así como el desvalimiento “porque se aprovecha de un niño de ocho años que pesa apenas 20 kilos”, remarcó.
Con marcadas discrepancias con respecto al relato de hechos que hace la Fiscalía, la acusación particular, que también pide prisión permanente revisable, sostuvo que Quezada es una “auténtica asesina” que “mató haciendo sufrir al niño” e incidió en el informe de médicos especialistas que apuntan, según afirmó, a que las lesiones encontradas en el cuerpo irían más allá de las propias derivadas de la muerte por asfixia mecánica del menor.
Indicó, tras pedir al jurado popular que “no le tiemble el pulso” porque la acusada es una “sociópata auténtica”, que estas dieron lugar a una serie de heridas que provocaron “un estado comatoso en el menor antes de que fuera asesinado” y afeó las críticas realizadas por la fiscal al no ver, a tenor de las pruebas, la existencia de “ensañamiento” aunque “en su informe final indica que el niño sufrió”.
Por su parte, la defensa de Ana Julia Quezada ha modificado su escrito por el que inicialmente solicita una pena de tres años de prisión por un delito de homicidio por imprudencia grave, de forma que, subsidiariamente, ha pedido que se tenga en cuenta una posible condena más gravosa, de 15 años, por un delito de homicidio recogido en el artículo 138.1 y 138.2 del Código Penal.
Considera el abogado Esteban Hernández que fue un dolo eventual ya que debía haberse dado cuenta de que podía causar la muerte del menor y que concurren dos atenuantes que rebajarían la pena; confesión y arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante.
Según las conclusiones definitivas, cuando dio muerte a Gabriel Cruz lo hizo “presa de la ira” por los insultos que presuntamente estaba recibiendo, lo que “que disminuía su capacidad de comprender y de controlar las consecuencias de sus actos, sin llegar a anularla”. Posteriormente, habría actuado bajo influencia de los ansiolíticos que estaba tomando.
Tras la entrega del objeto, los integrantes del jurado popular se han recluido para alcanzar un veredicto aunque, como está previsto que almuercen a las 14,00 horas con un servicio de cátering, no comenzarán a deliberar hasta pasadas las 16,00 horas.
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