Opinión

Elecciones en febrero: aberración de la Constitución de 2010/ Rosario Espinal

Recordemos también que en la reforma constitucional de 1994 se estableció la separación de elecciones a dos años: una presidencial y otra legislativa-municipal. Así se hizo entre 1996 y 2008

Por Rosario Espinal

La reforma constitucional que impulsó Leonel Fernández en el año 2009 y culminó con la proclamación de una nueva Constitución el 26 de enero de 2010 tuvo, en términos electorales, dos propósitos: 1) rehabilitar a Leonel para que pudiera postularse nuevamente en el 2016 (no pudo por razones conocidas), y 2) favorecer la permanencia del PLD en el poder. De lo primero se ha hablado bastante, de lo segundo no.

Para contextualizar, recordemos que Leonel dijo en diversas ocasiones que el PLD gobernaría hasta el 2044, celebración del bicentenario de la Independencia de la República. Lograrlo no es fácil, y, en aquel momento de cambio constitucional, lo que pudiera ayudar a ese objetivo se contemplaba.

Recordemos también que en la reforma constitucional de 1994 se estableció la separación de elecciones a dos años: una presidencial y otra legislativa-municipal. Así se hizo entre 1996 y 2008.

Para el 2010, la nueva Constitución estableció que, en las elecciones legislativas-municipales de mayo de ese año, se iniciaría un período de seis años para los funcionarios electos, de manera que en el 2016 se hicieran elecciones generales conjuntas a todos los niveles (presidencial, legislativo y municipal). El PLD ganó en el 2010 la mayoría de las posiciones legislativas y municipales, y en el 2016 en los tres niveles.

Esa misma Constitución de 2010 estableció que para el 2020 se separarían de nuevo las elecciones; pero esta vez se harían elecciones municipales en febrero y elecciones legislativas y presidenciales en mayo, y así posteriormente. Con esta disposición se complacía a las personas que siempre han dicho (sin fundamento empírico) que separar las elecciones evita el arrastre.

Pero, el nuevo formato de separación con elecciones municipales en febrero resulta beneficioso al partido gobernante y en nada contribuye a disminuir el arrastre. Aquí tres razones:

Primero, a las elecciones no presidenciales acuden menos votantes que a las presidenciales y se pierde representatividad. En las no presidenciales votan, sobre todo, los militantes de los partidos, los que cobran por votar, y quienes conocen personalmente algún candidato.

De hecho, cuando se separaban las elecciones municipales-legislativas de las presidenciales, votó, en promedio, alrededor del 50% del padrón, en comparación con el 70% en las elecciones presidenciales. Esto permite asumir que en las municipales de febrero votará cerca de un 50%, y quien más capacidad de movilizar votantes tenga, lleva la ventaja.

Segundo, febrero está muy cerca de diciembre, cuando el gobierno tiene mucho más dinero que la oposición para hacer repartos. Si la oposición se queja, los votantes se molestan porque quieren sus cajas y juguetes navideños; así que, en diciembre, el gobierno tiene licencia para solidificar adhesiones clientelares.

Tercero, en febrero la gente no está en política: en enero hay beisbol, en febrero carnaval, y el 14 es Día del Amor y la Amistad. El domingo 16, día de las elecciones municipales, mucha gente estará resacada de celebrar, o molesta porque 24 horas antes de las elecciones no se puede vender bebidas alcohólicas. Y, mientras menos gente vote, más fácil es para el PLD ganar con su maquinaria electoral.

En el 2010, cuando Leonel Fernández promulgó la Constitución con disposiciones como las elecciones municipales de febrero, para ayudar a que el PLD perdurara en el poder, no se imaginaba que hoy estaría fuera del PLD y no le interesaría que su viejo partido siguiera ganando. ¡Paradojas del poder!

Celebrar elecciones en febrero es una aberración de la Constitución del 2010.

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