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Si dueños sabían techo de Jet Set podía caerse se la verán feo ante juez

La calificación jurídica del caso Jet Set podría cambiar si se demuestra el nivel de conocimiento del riesgo por parte de los implicados, Antonio y Maribel Espaillat

Santo Domingo.–Así explicó el jurista Julio Cury, quien afirmó que la clave del proceso estará en probar si existía conciencia real del peligro que representaban las condiciones del lugar.

​Tragedia en Jet Set: ¿Cuándo a una persona se le acusa de homicidio involuntario?​

Cury señaló que tanto el juez de la instrucción, en la fase preliminar, como el juez de fondo tienen la facultad de variar la tipificación penal de los hechos, una atribución contemplada en el Código Procesal Penal dominicano.

Añadió: «Lo que tiene que hacer es advertirle al imputado que va a variar la calificación a partir de los elementos de convicción que se hayan ido aportando y del convencimiento que tenga el juez respecto del hecho penal».

En la audiencia preliminar, agregó, el juez también puede descartar el tipo penal presentado por el Ministerio Público y enviar a juicio de fondo a los imputados bajo una calificación distinta.

«De manera que el Ministerio Público no tiene el monopolio de la calificación jurídica, sino que descansa sobre el juez, quien es el que finalmente determinará, a partir de los elementos de prueba que se han incorporado al proceso o que se han ofertado, si el tipo penal que se ha configurado es el que efectivamente el Ministerio Público ha atribuido al imputado u otros que no figuran en la acusación», explicó el jurista.

La clave: probar el conocimiento del riesgo

Julio Cury apuntó que el gran reto del Ministerio Público es demostrar hasta qué punto los responsables estaban conscientes de la deficiencia del local y de la posibilidad de que ocurriera una tragedia.

De lograrse esa prueba, el caso podría pasar de homicidio involuntario a homicidio con dolo eventual, una figura jurídica que implica que, aunque no se buscaba directamente el resultado, sí se aceptó el riesgo de que ocurriera.

¿Qué es el dolo eventual?

Cury explicó que este concepto se aplica cuando una persona actúa sabiendo que su conducta puede causar un daño grave, aunque no lo desee directamente.

Como ejemplo, mencionó el caso de alguien que dispara al aire en un lugar concurrido, aunque no tenga una víctima específica, es consciente de que puede matar a alguien. Si ocurre una muerte, no se trataría de un hecho imprudente, sino de un homicidio.

Otro ejemplo es conducir un vehículo en malas condiciones, con pleno conocimiento del peligro. Si se produce un accidente fatal, el hecho podría ser considerado homicidio voluntario.

Diferencias en las penas

Mientras el homicidio involuntario conlleva penas de hasta dos años de prisión, el homicidio voluntario, tipificado en el artículo 295 del Código Penal, puede alcanzar hasta 20 años.

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