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Piden 10 años de prisión acusados borrar expedientes penales del MP

Tribunal se reservó el fallo para este jueves 28 de agosto a las 9:00 de la mañana

La Dirección General de Persecución del Ministerio Público solicitó penas de hasta 10 años de prisión contra los integrantes de la red criminal desmantelada mediante la Operación Gavilán. Los acusados, a cambio de sobornos, borraron y alteraron los registros de antecedentes penales de cientos de personas de la base de datos del Ministerio Público.

El órgano acusador, representado por los fiscales Andrés Mena, Eduardo Velázquez y Miguel Crucey, expuso ante el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que la red dedicada a la alteración de registros benefició a sicarios, narcotraficantes, violadores sexuales, imputados por violencia de género, secuestro y adulteración de bebidas alcohólicas, llegando incluso a borrar antecedentes de condenados a 30 años de prisión.

Los fiscales señalaron que los acusados también movieron dinero ilícito a través de familiares y allegados, adquiriendo bienes y servicios. Con pruebas digitales, testimoniales, documentales, materiales, audiovisuales y periciales incorporadas al juicio, solicitaron imponer penas privativas de libertad y sanciones económicas conforme al grado de participación y a la gravedad de los hechos, que acreditan, sin lugar a dudas, la responsabilidad penal de los acusados.

En este sentido, pidieron que Pilar Yrenes Medina Trinidad de Dotel, Dilcia Argentina Núñez Santos, José Ramón Quezada Carmona, Víctor Gilberto Mercedes Gómez, Yokaira Elizabeth Carmona, Romanqui Alexander Dotel Medina y Luis Peña Cedeño sean condenados a 10 años de prisión y al pago de multas equivalentes a 100 salarios mínimos del sector público. Además de que este último sea inhabilitado para ocupar cargos de funciones públicas por un período de cinco años.

Respecto a Mártires Rosario Reyes, solicitó siete años de prisión, de los cuales tres años y seis meses sean cumplidos en prisión domiciliaria y tres años y seis meses suspendidos, conforme a las reglas establecidas en el artículo 41 del Código Procesal Penal (CPP). Además, requirió el pago de una multa de cinco salarios mínimos del sector público.

En el caso de Alfredo Mirambeaux, el Ministerio Público pidió ocho años de prisión, en la modalidad de seis años en prisión domiciliaria y dos suspendidos, también bajo el artículo 41 del CPP, y una multa de cinco salarios mínimos. Contra Rubén Darío Morbán solicitó seis años de prisión, tres de ellos en prisión domiciliaria y tres suspendidos bajo el mismo artículo, además de multa de cinco salarios mínimos.

Para Domingo Julio Santana pidió cinco años de prisión, en la modalidad de dos años y seis meses en prisión domiciliaria y dos años y seis meses suspendidos, conforme al artículo 41 del CPP. En el caso de Luis Alfredo Astacio Polanco, solicitó seis años de prisión, de los cuales tres años sean cumplidos en prisión domiciliaria y tres suspendidos bajo el artículo 41 del CPP, y una multa de cinco salarios mínimos del sector público. Estos últimos acusados llegaron a acuerdos con el Ministerio Público y admitieron los hechos en el tribunal.

El Ministerio Público también pidió la disolución definitiva de la empresa Nexcon Tecnology, constituida conforme a las leyes de la República Dominicana, en virtud de las disposiciones de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Asimismo, requirió el decomiso de todas las evidencias materiales aportadas durante el proceso, al haber sido instrumentos, efectos o productos del delito, conforme a la legislación penal y procesal vigente.

En cuanto a las acusadas Jancely Estala Arias López, Ashley Darleni Morbán Reyes y Laudelina Esther Reyes Silva solicitó la aplicación de un criterio de oportunidad conforme al artículo 370 numeral 6 del CPP, en razón de que el presente proceso corresponde a un caso de tramitación compleja y criminalidad organizada.

Los jueces del Cuarto Tribunal Colegiado, integrado por Keyla Pérez Santana, Elías Santini y Arisleyda Santana, se reservaron el fallo para este jueves 28 de agosto, a las 9:00 de la mañana.

Cargos que enfrentan

El Ministerio Público solicitó que los acusados sean declarados culpables de múltiples violaciones legales, a saber: artículos 123, 124, 125, 166, 167, 174, 175, 177, 265 y 266 del Código Penal Dominicano; los artículos 3, numerales 1, 2 y 3, y 9, numerales 1, 2 y 4, de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo; los artículos 5, 6, 7, 9, 10 y 17 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología; los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, así como los artículos 2, 3, 5 y 6 de la Ley 448-06 sobre Soborno en el Comercio y la Inversión, entre otros.

Finalmente, la empresa Nexcon Tecnology enfrenta cargos por violación de los artículos 3, numerales 1, 2 y 3; 4; 8 y 9, numerales 1, 2 y 4, de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, en perjuicio del Estado dominicano.

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