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JCE resuelve empate entre regidores de Jínova en Juan Herrera, San Juan

Había un empate entre un vocal del PRM y otro de la Fuerza del Pueblo en la Junta Distrotal de Jùnova y la JCE la resolvió de acuerdo con la ley

Santo Domingo, R.D..-Faltando 17 días para la toma de posesión de los nuevos funcionarios municipales escogidos en las elecciones de febrero pasado, este lunes la Junta Central Electoral (JCE) tuvo que decidir ante un empate de dos vocales en el distrito municipal de Jínova, en Juan De HerreraSan Juan.

La decisión se dio una audiencia, a puerta cerrada, encabezada por el presidente de la JCERomán Jáquez y la miembro titular Dolores Fernández, en la que estuvieron las partes envueltas en el empate, la junta municipal de Juan de Herrera y los delegados de los Partidos Revolucionario Moderno y Fuerza del Pueblo (FP), entidades a las que pertenecen los vocales.

La decisión favoreció a la candidata por Fuerza del Pueblo, Dahiana Aquino.

Juan Manuel Hernández Peguero, delegado de Fuerza del Pueblo, explicó que la JCE asesoró a la junta electoral del municipio donde se había producido un empate y ha resultado escogida al momento de seleccionar al azar la candidata de la FP tercera vocalía, por lo que su partido expresó satisfacción.

¿QUÉ DICE LA LEY CUANDO HAY EMPATE?

El artículo 299 de la ley 2023 de Régimen Electoral establece que cuando dos o más candidatos a un mismo cargo obtuvieren igual número de votos, se resolverá el empate por la suerte de la siguiente manera que citamos a continuación:

“Se inscribirán en tarjetas distintas los nombres de los candidatos empatados; el presidente de la junta electoral correspondiente, en presencia de los miembros de esta y de los representantes de partidos, agrupaciones o movimientos políticos que hubieren sustentado candidaturas, pero no del secretario, colocará una de las tarjetas dentro de un sobre blanco que cerrará. Tanto los sobres como las tarjetas serán de clase, forma y aspecto iguales; Acto continuo, el presidente colocará los sobres así dispuestos dentro de un receptáculo, y cada uno de los vocales de la junta, sucesivamente, a la vista del presidente, pero no de los demás vocales, revolverá dichos sobres dentro del receptáculo; y enseguida, el secretario, en presencia de la junta, sacará un sobre, y el nombre que este contenga, y que será leído de inmediato en alta voz por el presidente de la junta, será el candidato elegido”.

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